Escrito por hector luis manchini
|
Jueves, 17 de Mayo de 2012 21:07 |
De las propias estadísticas oficiales (ver www.jusneuquen.gov.ar) resulta que el fuero penal de la Provincia del Neuquén, archivó en el año 2011 el 60 por ciento de las causas judiciales en trámite en la etapa instructoria.
Así, de 13.539 resoluciones, 7.909 dispusieron el archivo del expediente, 1.752, (13 %) fueron elevadas a juicio y 21,7% fueron sobreseídas.
La causa esencial de los pocos trámites que llegan a juicio, la enormidad que se archiva y la cantidad relevante de sobreseimientos que duplica las causas que terminan siendo juzgadas, es sin duda la ausencia absoluta de investigación de los distintos casos que llegan a los estrados de los tribunales neuquinos.
Obviamente la falta investigativa, la responsabilidad de la absoluta impunidad que gozan los delincuentes, de la inseguridad jurídica en que vive el ciudadano común en esta desafortunada Provincia, esta sustancialmente en la falta de diligencia y experiencia de los fiscales en llevar a cabo su labor.
Los representantes del ministerio público fiscal afirman que los testigos tienen miedo y no acuden a sus oficinas a poner de manifiesto los ilícitos que han percibido por la acción de sus sentidos.
|
|
Escrito por hector luis manchini
|
Domingo, 13 de Mayo de 2012 19:39 |
Parafraseando a Larralde me atrevo a decir que el voto es el instrumento creado para que los políticos puedan hacer lo que usted no debe hacer. Así un político, sus parientes y amigos pueden disponer la entrega de $2.500.000 a una empresa aérea sin aviones y en liquidación en concepto de gastos operativos o permitir que su hija se suba a un avión presidencial para volar miles de kilometras con el único objeto de retornar a su hogar a recoger una prenda que quedó olvidada en un rincón.
|
Última actualización el Jueves, 17 de Mayo de 2012 21:10 |
Escrito por hector luis manchini
|
Domingo, 06 de Mayo de 2012 18:13 |
Que el Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Neuquén por la acordada 4859 decidió un examen riguroso de los permisos otorgados a Magistrados y Funcionarios por razones de estudio, indicando en lo que interesa que: “La capacitación tiene por norte dotar al servicio de mejoras sustanciales y eficiente en su prestación… el régimen de este tipo de licencias por estudio debe ser concebido y aplicado partiendo de esa tónica fundamental”.
|
Última actualización el Domingo, 06 de Mayo de 2012 18:29 |
|
Escrito por hector luis manchini
|
Miércoles, 09 de Mayo de 2012 18:37 |
El artículo 33 de la Constitución Nacional consagra el derecho a la vida y a la salud de todos los habitantes y siendo así el gobierno no puede dictar normas que pongan en riesgo la plena vigencia de los mismos. Al respecto la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho: "Las declaraciones, derechos y garantías de la Constitución son normas imperativas tanto para gobernantes como gobernados y obligan al Estado federal como a las provincias. Las garantías individuales existen y protegen a las personas por el sólo hecho de estar contenidas en la Constitución e independientemente de las leyes y reglamentos” (Fallos: 239 - 459).
|
Última actualización el Domingo, 13 de Mayo de 2012 19:43 |
Escrito por hector luis manchini
|
Lunes, 30 de Abril de 2012 16:25 |
La libre expresión de las ideas por la prensa es consagrada por la Constitución Nacional en el art. 32 de su texto.
Allí prescribe: "El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción Federal".-
|
Última actualización el Domingo, 06 de Mayo de 2012 18:17 |
|
|
|
|
Página 209 de 277 |