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Derecho de la victima
La violencia significa la muerte del alma PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Sábado, 20 de Noviembre de 2010 21:50

Muerte del alma

 Es la muerte del alma, desamor
el abuso continuado, la malicia
una vida inmolada, la injusticia
el vacío, el silencio y el temor

Última actualización el Sábado, 20 de Noviembre de 2010 22:23
 
Sobre el abuso sexual PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Miércoles, 17 de Noviembre de 2010 16:39
La Cámara Criminal de Viedma acaba de condenar a la pena de tres años de prisión en suspenso a un hombre de 71 años que abusó  sexualmente de su hijastra desde los nueve años de edad, hechos que recién salieron a la luz cuando la víctima alcanzó los 21 años de edad. El delito fue calificado por el Tribunal como abuso sexual simple con caracter de continuado.
Última actualización el Sábado, 20 de Noviembre de 2010 22:22
 
Abuso sexual- actuacion de oficio PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Lunes, 15 de Noviembre de 2010 18:46
El delito de abuso sexual (arts. 119 y 120 del Código Penal) es un ilícito en que la promoción de la acción depende de la instancia privada. Esto es, el particular damnificado debe requerir la actividad jurisdiccional, siendo una excepción al principio de oficiosidad consagrado por el artículo 71 del Código Penal y su objetivo es proteger la intimidad personal, reconociendo primacía al interés individual sobre el interés represivo de la sociedad, quedando supeditada la realización de la justicia penal a una manifestación de voluntad  del particular autorizado a formular la denuncia. (Ver. Sup. Trib. Just. Córdoba, 17/9/1956).-
Última actualización el Lunes, 15 de Noviembre de 2010 19:16
 
Declaración de inconstitucionalidad que afecta el interés superior el niño PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Lunes, 15 de Noviembre de 2010 19:14
Desempeñándome como Vocal de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén, Argentina, llega del Juzgado de Instrucción para ser sometida a audiencia de juicio una causa calificada como abuso sexual gravemente ultrajante.
De la prueba resultaba que una menor de 16 años de edad había sido abusada en una vivienda por al menos dos sujetos con extrema violencia, con perversidad, sin una pizca de piedad. La menor logra huir, cubierta solamente con una remera en una fría madrugada patagónica ayudada por una amiga. Acude a su casa y realizan la pertinente denuncia. Las pericias comprueban sin duda la gravedad del delito.
Última actualización el Lunes, 15 de Noviembre de 2010 19:17
 
El menor abusado y el defensor del niño y adolescente PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Lunes, 15 de Noviembre de 2010 16:25
mafaldaEl menor abusado y el defensor del niño y adolescente
En los delitos contra la integridad sexual, esto es los regulados en los artículos 119, 120, 130 y c.c del  Código Penal de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 72 de la misma ley, para proceder a su investigación deben ser denunciados por la victima o sus representantes  -  si  son menores o incapaces. Son delitos de instancia privada.
Última actualización el Lunes, 15 de Noviembre de 2010 19:16
 
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