Escrito por hector luis manchini
|
Lunes, 05 de Julio de 2010 20:48 |
Que con fecha 15 de junio del 2010, la Excma. Corte Suprema de justicia de la Nación en autos "Recurso de hecho deducido por Christian, Maximiliano Romero, en la causa Romero Christian Maximiliano s/ causa N° 7019"(Fallo G.53.XLIV) Revocó la declaración de reincidencia declarada contra el condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 19 de la Capital Federal sosteniendo que "La interpretación objetada por el apelante no armoniza con la asunción por parte del legislador del sistema de reincidencia real (Art. 50 del Código Penal) dado que la exigencia de cumplimiento de pena total o parcial, deja fuera al encierro experimentado por quien ha sido sometido a un régimen cautelar propio de la prisión preventiva ..."(Fallos 330:4476).
|
Última actualización el Lunes, 05 de Julio de 2010 20:58 |
|
Escrito por hector luis manchini
|
Domingo, 04 de Julio de 2010 10:54 |
La postulación de un candidato para un cargo de cualquier índole debe ir acompañada necesariamente de los antecedentes éticos, profesionales, de comportamiento que distingan al candidato, de manera tal que al tiempo de la elección el pueblo o sus representantes -El Consejo de la Magistratura en el caso de los jueces- se topen con una persona con los pergaminos necesarios para el cargo. De allí mi asombro por la ligereza con la que el Sr. Diputado Provincial José Luis Sáez pone de manifiesto como lo hace saber en el diario Río Negro, que ratificó su decisión como candidato a intendente de la ciudad de Zapala.(Ver diario Río Negro on line del 19/06/2010)
|
Escrito por hector luis manchini
|
Miércoles, 23 de Junio de 2010 07:00 |
El art. 14 de la Constitución Nacional, expresamente prescribe que "Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: ....salir del territorio argentino....- Este derecho natural, reconocido por la Ley Fundamental coincidiendo con lo normado en el Párrafo 2, art. 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, no tiene carácter absoluto sino relativo. Su ejercicio está condicionado a que no existan impedimentos para que pueda realizarse.
|
|
Escrito por hector luis manchini
|
Viernes, 02 de Julio de 2010 17:42 |
En la publicación La Opinión, On line (parte de la red impre.com), se informa que en el día de la fecha 28 de junio de 2010, el Tribunal Supremo de EEUU determinó que el derecho a portar armas, consagrado en la Segunda Enmienda de la Constitución, debe ser respetado plenamente por todos los estados y todas las ciudades del país, en una decisión considerada "histórica". En su sentencia, los nueve magistrados del máximo tribunal de EEUU votaron con cinco votos a favor y cuatro en contra de extender a todo el país el derecho a llevar armas como una garantía fundamental, declarando así inconstitucional una prohibición para armas cortas implantada por Chicago y Oak Park (Illinois) hace 28 años.
|
Última actualización el Viernes, 02 de Julio de 2010 17:52 |
Escrito por hector luis manchini
|
Martes, 22 de Junio de 2010 07:00 |
La primera controversia a resolver en este tipo de asuntos es la referida a la cuestión de competencia del tribunal que ha de entender. En la actualidad la atribución de la misma a la justicia federal es pacíficamente aceptada en tanto las misivas se encuentren bajo la custodia del Servicio de Correos. Así se ha dicho: "La sustracción de correspondencia, mientras se encuentre todavía bajo la Custodia o Servicios del Correo, supone la comisión de uno de aquellos crímenes que "violentan o estorban la correspondencia del Correo", de conformidad con lo previsto en el art. 3 inc. 3ºde la ley 48y art. 33 inc. c) del C.P.P.N. (Fallos 7:166; 114:199; 127:371; 300:885; 314:480), entre otros y debe por consiguiente quedar sujeto a la jurisdicción federal - art. 75 inc 14 C.N.) (Fallos 323:2074, y 1804) (Expedte. 24.025- Juzgado Federal de Primera Instancia de Comodoro Rivadavia, Salinas C.S/pta. inf.art. 153 C.P).-
|
|
|
|
|
Página 276 de 292 |