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Escrito por hector luis manchini   
Jueves, 12 de Junio de 2025 12:39

corte suprema En la sección cartas del diario Río Negro del 12/06/2025 bajo el título un «Gol con la mano» el lector Jorge L. Fernández Avello critica con severidad la decisión dictada por la CSJN que desestima la queja interpuesta por la defensa de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner en la causa «Fernández de Kirchner, Cristina Elizabet y otros s/incidente de recurso extraordinario» considerando: Que en definitiva, las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida -valorada conforme a las reglas de la sana crítica (art. 398 del CPPN)- y en el Código Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisión apelada no constituya una derivación razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantía constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley. (Firmado: Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz).

Que el suscripto con más de 40 años de experiencia como abogado libre y juez en el Poder Judicial del Neuquén habiendo escrito infinidad de notas en revistas jurídicas como La Ley, El Derecho, Jurisprudencia Argentina, Microiuris, etc. y citado en numerosos fallos y trabajos de terceros, puedo decir que la sentencia dictada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación, y luego confirmada por la CSJN con el rechazo de la queja presentada por la exvicepresidente, se ajusta a derecho salvaguardando las garantías constitucionales del debido proceso.

Para finalizar y dejando constancia de mi imparcialidad -recaudo imprescindible para ejercer el rol de magistrado- cito una nota de Osvaldo Bayer en Pagina 12 sobre mi persona «Hay jueces valientes en estas tierras. Valientes porque se basan en el verdadero Derecho y no en el poder del dólar. El martes pasado, el presidente del tribunal de Zapala, Héctor Luis Manchini, reconoció a las comunidades aborígenes el derecho a impedir que empresas exploten sus recursos naturales» («Leleque no pagar», Pagina12, 23/06/2007)

 

 
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