Escrito por hector luis manchini
|
Viernes, 09 de Marzo de 2012 20:29 |
Brillante sol y celeste cielo, brisa fresca, toda la maravilla del lago Lacar a mi diestra, temprano en la mañana mis pulmones se llenan de ese aire húmedo y virginal de los buenos días de San Martin de los Andes.
|
Última actualización el Lunes, 12 de Marzo de 2012 21:54 |
|
Escrito por hector luis manchini
|
Jueves, 01 de Marzo de 2012 20:51 |
Que con fecha 20 de diciembre de 2011 la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “García José Manuel c/Estado Nacional- Ministerio de Defensa-Ejercito Argentino s/Daños y Perjuicios” resolvió declarar procedente el recurso extraordinario interpuesto por el actor respecto de la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial que desestimó la demanda del recurrente que fuera admitida por el Señor Juez de 1era Instancia sosteniendo que la percepción del beneficio previsional no deviene incompatible con el reconocimiento simultaneo de la reparación fundada en las normas del derecho común y así sosteniendo que el infortunio del actor tenia relación con los actos de servicio concluyó que el Estado Nacional debía asumir la responsabilidad civil que prescriben los artículos 43, 1109 y 1113 del Código Civil.
|
Última actualización el Jueves, 01 de Marzo de 2012 21:04 |
Escrito por hector luis manchini
|
Jueves, 23 de Febrero de 2012 19:27 |
Que luego del terrible accidente ferroviario ocurrido en la ciudad de Buenos Aires el 22 de febrero de 2012 el Secretario de Transporte de la Nación, Juan Pablo Schiavi afirma que “Si hubiera ocurrido ayer habría sido una cosa mucho menor”.
Es increíble la afirmación del máximo responsable del área dentro del Poder Ejecutivo si apreciamos que por el momento se ha constatado que el siniestro dejó como saldo cincuenta muertos y seiscientos setenta y cinco heridos (cifras provisorias).
|
Última actualización el Jueves, 23 de Febrero de 2012 20:21 |
|
Escrito por hector luis manchini
|
Miércoles, 29 de Febrero de 2012 17:59 |
Que con fecha 20 de diciembre de 2011 la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “Belatti, Luis Enrique c/F.A. s/cobro de australes” resolvió declarar admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional en relación al fallo de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de la Plata y revocar la sentencia apelada que al modificar parcialmente la decisión de 1era Instancia hizo lugar al reclamo de indemnización por despido sin causa y, en lo que aquí interesa, declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria (arts. 4to de la ley 25561, art. 7mo y ccds. de la 23928 y art. 5to del decreto 214/02) y dispuso que el crédito reconocido en autos debe reajustarse a partir de enero de 2002 y hasta su efectivo pago mediante la aplicación de los índices de precios al consumidor, nivel general, suministrado por el INDEC, con fundamento en los argumentos vertidos por el Máximo Tribunal en la causa “Massolo” (fallos 333:447).
|
Última actualización el Miércoles, 29 de Febrero de 2012 18:14 |
Escrito por hector luis manchini
|
Miércoles, 22 de Febrero de 2012 19:35 |
Respecto a la designación de la Dra. Martina Gloria Anahí, en la Cámara de Apelaciones de Zapala es adecuado señalar que si sólo queda pendiente la entrevista personal no es ningún concurso, es la designación de la única postulante que ha llegado a esa instancia y al no tener oponente no queda otra alternativa que declarar desierto el concurso.
En cuanto a la Cámara del Interior puedo dar fe, que cuando se creó con plenas atribuciones, esto es con absoluta autonomía respecto de Neuquén, actuó muy bien. Cuando la hicieron depender, sin autonomía, comenzó a actuar con problemas pero las cosas salían. Al multiplicarse, injustificada e ilógicamente las Cámaras otorgando un Tribunal de alzada a cada jurisdicción todo se vino abajo. Se anarquizó, se dividió para someter y desjerarquizar.
|
Última actualización el Miércoles, 22 de Febrero de 2012 19:56 |
|
|
|
|
Página 233 de 297 |