Escrito por hector luis manchini
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Lunes, 12 de Mayo de 2025 14:14 |

Tan solo cuarenta y tantos |
labios que saben a miel |
de suave seda su piel |
un pedacito de encanto |
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Y trabajo con rigor |
mil ilusiones y sueños |
y orejana, sin dueño |
en el alma algún amor
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Última actualización el Lunes, 12 de Mayo de 2025 14:19 |
Escrito por hector luis manchini
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Sábado, 10 de Mayo de 2025 11:07 |
En la investigación criminal el tiempo que pase es la verdad que huye (Del voto de Fayt y Bossert en Fallo 322:360).
Tan exacta apreciación de la trascendencia que adquiere el paso del tiempo en el proceso penal nos introduce en el tema referido a la necesidad que el trámite criminal se lleve a cabo con la máxima celeridad para evitar que se afecten garantías constitucionales esenciales en especial el art. 18 de la C.N. en tanto tal prescripción consagra el derecho del debido proceso legal.
Conforme lo expuesto cuando la duración del proceso penal se extiende indefinidamente llegando a lesionar garantías constitucionales aparece como indudablemente procedente el recurso extraordinario ante la CSJN a los fines de que los derechos resguardados por la Ley Fundamental, en este caso el de un proceso penal tramitado en un tiempo razonable, sean reconocidos y declarados por la decisión del más alto Tribunal de Justicia.
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Escrito por hector luis manchini
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Domingo, 11 de Mayo de 2025 10:50 |
Hoy el pueblo argentino está luchando enconadamente por evitar que una vez más un grupo de dirigentes temerosos, cobardes, delincuentes, mediante presiones de todo tipo procuran que el caos se instale en el país y de esa manera tumbar el gobierno no peronista elegido por el pueblo y hacer trizas la democracia republicana que en caso de desarrollarse normalmente tendrían como destino seguro la cárcel y el fin de su vida de lujo y riquezas obtenida, no por el trabajo duro, sino mediante el robo, el saqueo ominoso a la Nación en su integridad sin pudor, con codicia, priorizando sus mezquinos intereses personales obviando el bienestar general que manda la Constitución Nacional.
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Escrito por hector luis manchini
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Jueves, 08 de Mayo de 2025 11:58 |
Conforme los informado con fecha 7 de mayo de 2025 se pone de manifiesto que nueve provincias argentinas tienen entre sus leyes regulada el instituto de «Ficha Limpia», ellas son: Chubut, Mendoza, Salta, Jujuy, San Juan, Santa Fe, Río Negro, Córdoba y Neuquén, remarcando que la disposición también rige expresamente en la ciudad de Zapala al aprobarse por unanimidad la ordenanza de adhesión a la ley provincial 3498 de «Ficha Limpia».
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