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Derecho de la victima
Nombramiento y promoción de magistrados PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Jueves, 05 de Mayo de 2011 20:34

Leyendo a los mejores doctrinarios del derecho me encontré con las obras de Eduardo J. Couture –uruguayo él- tituladas Estudios de derecho procesal civil (Volumen 1) La Constitución y el proceso civil (II).

Que no puedo evitar la tentación de plagiar el titulo del tema que se va a desarrollar consignado por el insigne jurista en la parte segunda del tomo II de la misma.

En efecto bajo el titulo "Nombramiento y promoción de Magistrados" y refiriéndose a la Constitución de su país Eduardo J. Couture afirma que cuando la Constitución de 1830 instituyó como órgano elector de los Tribunales a la Alta Corte de Justicia (art. 100) aseguró la independencia de este poder para toda la vida institucional del país. La experiencia de un siglo le es ampliamente favorable.

 
Empleo público transitorio - Despido - Artículo 14 bis de la Constitución Nacional PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Miércoles, 04 de Mayo de 2011 18:58

Que con fecha 19 de abril del 2011, la Excma. Corte Suprema de Justicia de Nación, en autos "Cerigliano, Carlos Fabián c/Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires U. Polival. de Inspecciones ex Dirección General de Verificación y Control", C. 1733 XLII, dejó sin efecto la decisión de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones de Trabajo que en el caso había resuelto que ante la norma del artículo 2°, inciso a) de la Ley de Contrato de Trabajo, no resultaba admisible sostener que la relación de empleo se hallaba regida por la ley laboral común, excepto que resultara evidente la voluntad estatal de incluir a los empleados en el sistema de la LCT (CSJN, 30/04/91) y que esa aquiescencia no se había constatado, lo que obstaba el progreso de la acción, hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la actora, y devolvió los autos al tribunal de origen a fin que se dicte una nueva sentencia.

Última actualización el Martes, 30 de Agosto de 2011 20:53
 
Los pueblos tienen los gobiernos que se le parecen PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Lunes, 02 de Mayo de 2011 18:31

Hace unos días como abogado apoderado de la parte querellante asistí a una audiencia de testigos.

El hecho que se trataba de develar era acerca del rol que cumplieron en el delito investigado - lesiones graves con alevosía - cada uno de los imputados al tiempo de golpear severamente a mi cliente hasta el punto de hacerle perder el conocimiento provocando real peligro para su vida.

El primer testigo, un hombre titular de un local bailable, duro, con todas las huellas de la vida nocturna marcadas en la cara y la mirada, relató los hechos tal cual habrían sucedido los mismos según su percepción, remarcando que mi cliente tomaba con las dos manos un vaso de plástico, mientras uno de sus agresores lo increpaba. Súbitamente recibe una violenta trompada, imprevista, aplicada con una violencia inusitada por el segundo de los imputados, cayendo hacia atrás, mal, golpeando de lleno con su espalda contra el piso donde yace inconsciente. Dijo que los violentos, que estaban en medio de un mundo de gente, pues era un primero de año a la salida de una confitería, abandonaron a mi cliente a su suerte como hicieron todos los que estaban allí, sin llamar una ambulancia quedando la víctima desmayada en medio de la calle durante cerca de veinte minutos.

 
Adulteración de instrumento público PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Martes, 03 de Mayo de 2011 23:07

Que con fecha 4 de noviembre del 2010, la Cámara Federal de San Martín, confirmó el auto de procesamiento dictado por el juez de instrucción contra Esteban Leonardo Ortiz imputado del delito de uso de documento público falso por exhibir a la autoridad un carnet de conductor de titularidad de otra persona infiriendo que por las circunstancias del caso Ortiz enseñó aquel instrumento con conocimiento de su origen espúreo agregando al Tribunal que la utilización de una cédula de identificación que no le pertenece a quién se sitúa a bordo de un automóvil afecta la fe pública, aún tratándose de un tercero respecto de quien se encontrare vencida, ya que se engaña a la generalidad de las personas sobre la legitimidad de la tenencia del vehículo.

 
Restitución por los jueces del pago de las vacaciones no gozadas PDF Imprimir E-mail
Escrito por hector luis manchini   
Domingo, 01 de Mayo de 2011 22:01

Que como ya hemos mencionado en un artículo anterior las vacaciones tienen un fin higiénico y por ello aquellas que no se gozan dentro del término de ley se pierden no pudiendo compensarse en dinero.

El artículo 162 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) prescribe que: “Las vacaciones previstas en este título no son compensables en dinero…”.

Última actualización el Domingo, 01 de Mayo de 2011 22:06
 
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