Escrito por hector luis manchini
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Jueves, 04 de Septiembre de 2014 16:54 |
Los recursos naturales, cuya explotación producen riqueza, hacen grandes a los países cuando los mismos son administrados con prudencia y austeridad, cuando las rentas son invertidas con inteligencia destinando al gastos no imprescindibles una porción ínfima del total del beneficio total.
Lo expuesto precedentemente es la aplicación por los Estados de normas de economía básica, casera, esto es que la cantidad de ingresos que una familia pueda obtener si se dilapidan en gastos superfluos, con absoluto descontrol, sin cuidado ahorrar, determina que al tiempo de cubrir una emergencia nos encontremos que no podemos afrontarla por no haber sido diligentes y austeros al tiempo de disponer nuestro dinero.
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Escrito por hector luis manchini
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Miércoles, 03 de Septiembre de 2014 15:58 |
Luego de tramitado el proceso, expuestos los hechos, producida la integridad de la prueba y concretados los alegatos, el trámite culmina con la sentencia que en el supuesto de ser condenatoria requiere del magistrado absoluta certeza y que la duda acerca de la autoría y materialidad de los hechos llevados a su conocimiento y decisión imponen la absolución por el principio in dubio pro reo.
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Última actualización el Sábado, 06 de Septiembre de 2014 15:58 |
Escrito por hector luis manchini
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Lunes, 01 de Septiembre de 2014 16:34 |
Santiago del Estero tiene la particularidad de ser la provincia que tiene el mayor alto porcentaje de hogares con NBI (necesidades básicas insatisfechas) que no tienen provisión de agua en la vivienda en todo el país, esto es decir 83,2% (superando a Formosa que tiene el 81,3%) (INDEC 2003), con lo cual sí tenemos por un lado que el 21,5 por ciento de hogares además de ser pobres, no tiene acceso al agua, y por otro lado tenemos a un 35% de población en hogares que no tiene acceso al agua, podemos obtener la siguiente relación: que seis de cada diez hogares que no tienen acceso al agua por red publica dentro de la vivienda o fuera del ella son pobres
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Última actualización el Lunes, 01 de Septiembre de 2014 17:14 |
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Escrito por hector luis manchini
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Martes, 02 de Septiembre de 2014 18:03 |
El interés como medida de la acción es un viejo principio que indica que aquello que obtenemos en cualquier orden de la vida es producto del interés que tenemos en lograrlo y que cuando existe con intensidad las acciones en pro del objetivo pretendido se incrementarán y diversificaran de manera ostensible hasta conseguir el ansiado y puntual objetivo.
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Última actualización el Martes, 02 de Septiembre de 2014 18:22 |
Escrito por hector luis manchini
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Domingo, 31 de Agosto de 2014 15:49 |
Simple sentido común genera que cuando nos toca lidiar en el ruedo judicial y se no ha imputado una acción ilícita en forma injusta, esto es no tuvimos nada que ver con el hecho que se nos imputa o hemos pagado rigurosamente, hasta el último centavo, la deuda que se nos reclama, vamos a alegar y probar la injusticia del requerimiento con los tapones de punta, blandiremos la prueba ostensiblemente, diremos de la injusticia de la imputación o reclamo, con fervor, con la convicción que da la circunstancia incontrastable que la verdad está de nuestra lado, que se tata de un error o un acto de malicia que nos mortifica sin fundamento.
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Última actualización el Domingo, 31 de Agosto de 2014 15:51 |
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