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Irresponsabilidad legislativa - Sanciones PDF Imprimir E-mail
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Escrito por hector luis manchini   
Martes, 10 de Mayo de 2011 20:28

En una democracia representativa como la nuestra, la existencia y vigencia del sistema electoral es una pieza fundamental, ya, que según lo manda la Constitución Nacional: "el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes" (art. 22).

Siendo así si los representantes del pueblo no se reúnen para tratar los asuntos que hacen a la vida de la sociedad, en particular los que afectan a la esencia del sistema, esto es salud, educación, seguridad, etc. ello determina que el pueblo carezca de mandatarios para tratar y resolver desde la cuestión de mayor envergadura hasta la controversia cotidiana de menor entidad.

Que así las cosas, en el diario Río Negro del 10 de mayo del 2011 bajo el título: "La legislatura está trabajando a media máquina se indica que "... lo determinante en la inactividad legislativa fueron las inasistencias de los diputados a las reuniones de comisiones, que derivó en que no definieran despachos para ser tratados en las sesiones". En la misma nota se apunta que "...los legisladores reconocieron que las campañas electorales los iban a distraer... Desde que se inauguró el período de sesiones, el 1 de marzo, sólo hubo tres sesiones...la del presupuesto... el régimen de videocámaras y se avaló el decreto de gobierno que incrementó las asignaciones familiares". ¿Por qué no asistieron? Ante los pedidos de licencia por las elecciones algunos han tenido que asumir funciones de gobierno y, también, otros están ocupados con las campañas" dijo el presidente del bloque oficialista, José Russo. ... Horacio Rachid - presidente del bloque Opción Federal -afirmó "la mitad del año - calendario - está perdida...no hay proyectos para discutir en el recinto de manera que tampoco habrá sesión" (el resaltado me pertenece).

Más adelante la nota remarca... hasta que no se haga la elección del 12 de junio la actividad será mínima".

Que lo expuesto destaca sin duda una omisión injustificada de las obligaciones y responsabilidades que le son propias a los señores legisladores, que por ser representantes del pueblo y este no delibera ni gobierna sino por intermedio de sus mandatarios, quedan por el simple antojo abusivo e ilegal de estos, sin poder tratar problemas de extrema gravedad en la provincia del Neuquén como lo son sin duda la salud y la educación y por ello al incumplir el rol público debido, en tiempo y forma, incurrirían en el delito tipificado en el art. 248 el Código Penal según el cual "Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que ...no ejecutare las leyes cuyo incumplimiento le incumbiere."

Así el reglamento de sesiones de la legislatura neuquina prescribe que:"Artículo 36 Los diputados están obligados a concurrir a todas las sesiones, desde el día de su incorporación hasta el día de su cese. Si algún diputado se considerase impedido de concurrir, deberá solicitar licencia por escrito -o telegráficamente- a la Honorable Cámara.

Conforme lo expuesto la obligación de asistencia impuesta en la norma precitada ha sido violada por los señores legisladores de la provincia del Neuquén, generando como secuela necesaria la imposibilidad de que los representados y sus graves problemas ya enunciados, que han puesto en crisis a la sociedad neuquina, no sean tratados y mucho menos resueltos.

Además como lo dice el propio presidente del cuerpo por las licencias algunos legisladores han asumido funciones propias del ejecutivo, con lo que pasaron por alto la forma republicana de gobierno prevista en el art. 1º de la C.N, que supone la división de poderes y la no intromisión de un poder en funciones propias del otro.

Todo lo expuesto es sumamente grave y debe ser seriamente tratado por las autoridades competentes ya que ninguna campaña política justifica la inasistencia de los representantes del pueblo soberano por un término tan grosero, ni la intromisión de miembros de ese poder en el ejecutivo, por las razones ya expresadas.

Por último las inasistencias determinadas directa o indirectamente por las campañas de los distintos partidos políticos en miras a las próximas elecciones provocan que los legisladores reclamantes de adhesiones deleguen atribuciones propias del parlamento provincial como son el análisis y resolución de las graves cuestiones que afectan a la educación y la salud neuquina al poder ejecutivo y así es aplicable a su respecto lo dispuesto en el Artículo 29 de la Constitución Nacional que prescribe: "El Congreso no puede conceder al Ejecutivo Nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria".

Lo trascendente, lo relevante, es que los representantes del pueblo gobiernen, se ocupen con seriedad de los problemas de la gente y no que dediquen su tiempo, que es pagado por el pueblo desatendido, a mantener, conservar o prolongar su finita -por ser mortal- cuota de poder y al no hacerlo debería analizarse su comportamiento y contemplar la eventual aplicación de sanciones de acuerdo a la normativa citada.

Última actualización el Martes, 10 de Mayo de 2011 20:37
 
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