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Idoneidad y responsabilidad de los funcionarios judiciales PDF Imprimir E-mail
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Escrito por hector luis manchini   
Martes, 04 de Marzo de 2014 20:08

En San Martín de los Andes un delincuente de 19 años ingresó a una vivienda, robó, dentro del inmueble se encontraba una niña de 9 años a la que abusó sexualmente, identificado el criminal, un defensor se excusó y el otro no pudo ser habido, no se lo encontró ya que no dejó aviso donde estaría en caso de ausentarse de la jurisdicción como hacíamos rigurosamente los viejos jueces y funcionarios aún con procedimiento escrito. Ello determinó que debiera sortearse al defensor entre abogados de la matrícula. El hecho sucedió el domingo 02/03/2014 y muestra dos cosas, un sistema light sin controles que no funciona y que la importancia no es la forma del proceso penal escrito, oral o por jurados sino la responsabilidad, experiencia e idoneidad del elemento humano que actúa el derecho.


La noticia tomada del diario “La Voz de Los Andes Online” del día 04/03/2014 dice textualmente: “Papelón: Ningún defensor oficial se hizo cargo de las la función que les toca. Uno se excusó por conocer a la familia –sin haber visto siquiera el expediente- , y otro nunca pudo ser localizado. Por tal razón hubo un atraso en la toma de declaración indagatoria. ¿Cómo se resolvió el asunto? Hubo que sortear la tarea de la defensa entre los abogados matriculados de la ciudad. Igual, el imputado no declaró ni mú. Cabe resaltar fue identificado por las imágenes de una cámara de seguridad”.

En el mismo diario y fecha se agrega que: “Su madre, una maestra jardinera de la ciudad, pidió en varias oportunidades la internación compulsiva de su hijo por parte de la Justicia. Lo sabía arrasado por la droga, sabía que era un peligro para sí y para otros. No le fue concedido el ruego. El juez actuante –no actuante, en realidad- dio por respuesta que se trataba de un gesto sobreprotector por parte de la mujer. Tal fue el relato público de ella, acompañado por documentación que oportunamente tuvimos la posibilidad de ver”

En el caso es imprescindible que el Tribunal Superior de Justicia del Neuquén adopte las medidas que sean menester respecto de la entidad de la excusa y la sanción del defensor irresponsable que no avisó donde se encontraría al ausentarse de la jurisdicción y en ambos supuestos debe intervenir el Alto Cuerpo por la gravedad del hecho apreciando que la madre del victimario había acudido a las autoridades en reiteradas oportunidades pidiendo que internaran a su hijo, que arrasado por la droga se había transformado en un peligro para sí y para terceros.

Como dije infinidad de veces no importa el sistema procesal que se aplique para actuar el derecho sino la idoneidad y responsabilidad de los encargados de administrar justicia en cada caso, que en este supuesto brilló por su ausencia al menos respecto de los defensores oficiales y el equipo integrado por asistentes sociales, psicólogos y médicos que no pueden desconocer que la droga está destruyendo a jóvenes convertidos en delincuentes sin restricciones ni límites como tampoco prestaron atención a los anuncios de la madre del victimario.

De haberse actuado en término y utilizado el relevante aparato de prevención social, psicológica y médica con la que cuenta la justicia neuquina probablemente este hecho criminal, que ha hecho trizas el alma de una pequeña que recién asoma a la vida se hubiera evitado.

Sin duda que la justicia debe dar varias explicaciones ante tanta desidia y omisiones injustificadas en el supuesto narrado.

 
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