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La necesidad de hacer lo que se debe PDF Imprimir E-mail
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Escrito por hector luis manchini   
Miércoles, 16 de Noviembre de 2022 19:26
division de poderes

Acabo escuchar por TV que hoy y mañana (16/11 y 17/11) no habrá clases en las escuelas cercanas al Estadio Único de La Plata por la disertación política partidaria que llevará a cabo la Vicepresidente de la Nación a cargo del Poder Ejecutivo Dña. Cristina Fernández  información que se contradice con lo expuesto por el diario elteclado.com.ar que expresamente pone de manifiesto: «..fuentes de la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense se encargaron de informar que no se suspenderán las clases, ni hoy ni mañana, en ninguna de las escuelas ni jardines que se encuentran en la zona del Único», creándose así una situación que afecta a los alumnos que asistan a esos establecimientos por no existir una expresión clara sobre el punto, destacando que en cualquier caso las clases no pueden suspenderse por motivos políticos o por simple ocurrencia del funcionario que sea por más alto que fuere el cargo que detenta, ello en razón que el dictado de las clases en los días de la agenda escolar es de la máxima relevancia para el alumnado en general más aun en la época de crisis y permanente suspensión de los días de clases de manera injustificada.

Se destaca que la Presidente Elizabet Fernández disertará en celebración del Día del Militante coincidente con la última vuelta de Perón a la Argentina.

Y si para muestra del poder omnímodo que le hace creer a la señora Presidente que puede hacer lo que se le antoja basta apreciar la desobediencia a la resolución de la CSJN que ordena la designación del senador cordobés Luis Juez en el Consejo de la Magistratura reiterando el nombramiento en ese cargo del senador Martín Doñate.

Sobre el punto en autos «Haquim, Carlos Guillermo c/Jujuy Provincia de y Estado Nacional (Senado de la Nación) s/acción de amparo» se dijo que « La invasión que un poder del Estado pudiera hacer de la zona de reserva de actuación de otro importa siempre por sí misma una cuestión institucional de suma gravedad que, independientemente de que trasunte un conflicto jurisdiccional o un conflicto de poderes en sentido estricto, debe ser resuelta por la Corte, pues es claro que problemas de tal naturaleza no pueden quedar sin solución» (Fallo 324:2299).

Como expresa el escritor Jorge Enríquez en el caso que nos ocupa «la Corte cumplió con su deber restableció la legalidad vulnerada por la voluntad arbitraria de quien se cree que esta por encima de la Constitución. Que solo ella representa al pueblo que la separación de poderes es una pieza de museo»

Última actualización el Miércoles, 16 de Noviembre de 2022 19:47
 
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