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Consejo de la Magistratura – Nulidad de las designaciones PDF Imprimir E-mail
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Escrito por hector luis manchini   
Viernes, 25 de Febrero de 2011 16:11
justicia examenCuando se utiliza el método de examen para designar a postulantes en un cargo de cualquier naturaleza, la lógica, la experiencia y el sentido común determinan necesariamente que los examinadores tengan una jerarquía manifiestamente superior a los examinados, con trayectoria y sólidos conocimientos de la materia de que se trate.
No se requiere ser un experto sobre el punto para aceptar como necesaria la premisa anterior pues hace a la esencia del método elegido para la selección ya que es lo mismo que sucede con el examen a rendir en la escuela secundaria, en la facultad, etc. Los miembros de la mesa deben no sólo conocer  del tema respecto del cual van a evaluar a quienes se presenten, sino que tendrán que contar con el respaldo de una carrera meritoria y prestigiosa.
Nociones tan elementales deben ser respetadas en todos los casos pues en su defecto el método elegido para la selección no será eficaz y aquellos que fueran descartados por un tribunal examinador, que aun parcialmente esté integrado por alguien ajeno al tema tendrá derecho a impugnar la resolución que lo perjudicó pues el cuerpo que la adoptó es nulo por falta de idoneidad de uno o más de sus miembros.
Que decir cuando se deben seleccionar jueces de la nación o de las provincias.  En tales casos la excelencia de los examinadores debe ser optima pues los magistrados tienen la enorme responsabilidad de sentenciar acerca de lo que en definitiva es verdad o mentira según la ley. Así resolverán sobre libertad y bienes de los ciudadanos y por ser tan relevante la función esta debe ser ejercida por los mejores técnica y funcionalmente.    
Conforme lo expuesto, imperiosamente los examinadores deben ser hombres de derecho, de trayectoria y conocimiento técnico comprobable, o ex jueces, abogados con trabajos técnicos publicados, conferencias dictadas, etc., es decir deberán acreditar la solvencia profesional suficiente  para la responsabilidad que ejercen y además ser manifiesta la ausencia de sometimiento o dependencia de cualquier tipo. Esto es el candidato ostentará la más absoluta imparcialidad circunstancia que se pone de manifiesto en los actos de la vida cotidiana y su trayectoria.
En la provincia del Neuquén, por ejemplo,  la designación se hace por medio del Consejo de la Magistratura que puede incorporar en su composición,  a personas que designadas por los partidos políticos que integran la legislatura, no sepan sobre los atributos personales y técnicos que debe contar un juez o un funcionario de un ministerio público.
Esta manera de integrar el Consejo seleccionador de magistrados y funcionarios de ministerios públicos, es tan absurdo como componer con ingenieros o contadores el tribunal que deba elegir a médicos que dirigirán los hospitales de la provincia.
No olvidemos que el Consejo de la Magistratura según la ley,  procede a la selección, mediante la realización de concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, según el orden de mérito que elabora, a los candidatos a jueces y funcionarios del ministerio público; Requerir el acuerdo legislativo para las designaciones correspondientes; Periódicamente, evaluar la idoneidad y el desempeño de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial, conforme lo establezca la ley. En caso de resultar insatisfactorio, con el voto de cinco (5) de sus miembros, elevar sus conclusiones al Tribunal Superior de Justicia o al Tribunal de Enjuiciamiento a sus efectos; y Aceptar las renuncias de los magistrados, y miembros del ministerio público.
Tales trascendentes decisiones requiere de manera inexcusable -reitero - que este integrado por profesionales del derecho prestigiosos, que por si mismo le den legitimidad al órgano que integran. No puede haber legos en su conformación pues selecciona a jueces y funcionarios del ministerio públicos letrados.
Integrarlo parcialmente por quien no son profesionales del derecho que van a preguntar a los postulantes, evaluar la calidad técnica de los mismos, su trayectoria, inválida sin duda la composición del Consejo todo.
¿Por qué?, porque es lo mismo -como señalé más arriba - que designar a los médicos que dirijan o trabajen en los hospitales por una comisión que entre sus miembros cuente a ingenieros, contadores o al cajero del supermercado y estos nada saben de los atributos que debe tener un director de hospital o un médico del nosocomio.
Lo dicho precedentemente ha sido en gran medida la causa del fracaso del Consejo de la Magistratura, no obstante lo cual aparentemente la Legislatura ha reincidido en el error y si fuera así el  nuevo Consejo no sería órgano válido para cumplir la función asignada por la ley y sus designaciones resultarían decididamente nulas.
Distinta sería la cuestión si se utilizara el método de la elección de magistrados y jueces por elección popular, en ese caso jueces y funcionarios serían elegidos por el pueblo todo, en elecciones libres y para ello se abriría  un registro de postulantes y mediante el sufragio, la gente, el hombre común, el que acude a tribunales reclamando por sus derechos, decidiría en las urnas quiénes serán las personas que conduzcan el destino del Poder Judicial y los jueces inferiores como así también los funcionarios de los ministerios públicos.
Pero este no es el sistema elegido en la justicia neuquina, se optó por el examen de oposición y antecedentes y por ello determinar la calidad técnica de los postulantes  y sus atributos sólo pueden hacerlo profesionales del derecho, abogados, ex jueces o ex titulares del ministerio público. De no ser así las selecciones hechas no serán válidas por carecer de idoneidad el cuerpo examinador.
Se remarca que lo dicho respecto de la Provincia del Neuquén es válido para cualquier jurisdicción del país que adopte el sistema de selección por el Consejo de la Magistratura y este órgano no se conforme en su integridad con abogados de reconocido prestigio.

Última actualización el Viernes, 25 de Febrero de 2011 16:50
 

Comentarios  

 
+1 #1 26-02-2011 10:00
finalmente los representantes del pueblo neuquino no respetaron el mandato que le
otorgò la gente. No designaron a los màs idoneos sino a los amigos, entre ellos un lego, dos niños y un jefe de seguridad sobichista. A este Consejo sòlo se presentaràn los amigos de los polìticos que de una u otra manera ejercen el poder,sus parientes y todo aquel que este diopuesto a ser sumiso, docil que no plantee problemas al gobierno.
 
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