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Escrito por hector luis manchini  
Sábado, 21 de Julio de 2018 22:14

En el día de la fecha 21/07/2018 todos los medios radiales, televisivos y escritos de manera unánime y profundamente indignados difundieron los datos proporcionados por un periodista ignoto y que fueron recogidos por el representante del Papa en la Argentina y titular de la Alameda Sr. Gustavo Vera y la senadora kirchnerista Teresa García a la vez que el Fiscal Electoral y promovieron causa judicial por aportes falsos en las campañas de Cambiemos de las que resultaron electos Esteban Bullrich y Graciela Ocaña destacando que contrariamente a lo que dice el periodista Jorge Lanata en su nota del día 21 de julio de 2018 en el periódico Clarín ninguna imputación penal es real o cierta - tampoco este supuesto fraude y lavado de dinero - ya que en Argentina hasta que no tenga el carácter de firme, esto es de verdad que no admite ser atacada su esencia por haber superados las abundantes instancias jurisdiccionales que en este país sobrepasan decenas de años de tramitación como sucede con los ilícitos penales con condena que ostenta el Dr. Carlos Menem y los 5 (cinco) procesamientos que luce en su haber la ex presidente Cristina Fernández, uno de ellos por traición a la Patria que comprende el asesinato del Fiscal Dr. Alberto Nisman destacando que el art 308 del C.P.P.N .dice "..se ordenará el procesamiento del imputado siempre que hubiere elementos de convicción suficientes para estimar que existe un hecho delictuoso y que aquél es culpable como partícipe de éste".

Aquí es preciso destacar que los medios no dicen una palabra de las valijas de Antonini Wilson con millones de dólares, de la efedrina y el homicidio de 3 individuos todo ello involucrado en los aportes a la campaña de Cristina Kirchner en su oportunidad y  múltiples otras irregularidades realmente graves que los jueces afines y de justicia legítima dejaron pasar, hasta la prescripción en algunos casos, lo que ha satisfecho los intereses de la Sra. ex Presidente y generado obviamente perjuicio manifiesto a los intereses de la Nación y una inadmisible omisión a la obligación de magistrados y fiscales de perseguir a todos los autores de delitos sin excepción alguna, en tanto la Constitución Nacional prescribe la irrestricta igualdad de todos los habitantes de la Nación ante la ley sin que, los jueces y fiscales en especial, puedan apreciar privilegio o prerrogativa alguna al tiempo de la instrucción como también al decidir en sus sentencias que deben traducir la verdad de lo sucedido en cuanto al hecho criminal y sus autores, esto es culminando el proceso en una sentencia apodíctica, inapelable.